especifica que solo confecciones y calzado serán los productos incluidos en la medida. Los países origen a los que se aplicarán serán aquellos con los que Colombia no tiene un acuerdo de libre comercio establecido.
Enero 2013. El Instituto para la Exportación y la Moda, Inexmoda, aclara ante todos los actores del “sistema moda”, gremios y medios de comunicación del país que las medidas anunciadas por la Presidencia de la República y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo aplica exclusivamente para confecciones y calzado, pero no así para textiles.
El anuncio fue hecho durante la instalación de Colombiatex 2013, la feria de textiles e insumos más importante de Latinoamérica por parte del presidente Juan Manuel Santos ante los empresarios participantes y directivos de Inexmoda.
El Decreto 0074 del 23 de enero del año en curso fija un término de un año para aplicar las decisiones incorporadas, cuyo objeto es cobijar estos dos grupos ante el impacto que viene generando el ingreso desmedido de importaciones sin el lleno de requisitos legales con precios no competitivos para los empresarios colombianos.
Con el Decreto se busca neutralizar el ingreso de productos provenientes de países con los cuales Colombia no cuenta con acuerdos de libre comercio vigentes, para lo cual se debe presentar el certificado de origen.
También se establece que, “Las medidas adoptadas no afectarán las importaciones que a la fecha de entrada en vigencia de las medidas se encuentren efectivamente embarcadas hacia Colombia con base en la fecha del documento de transporte o que se encuentren en zona primaria aduanera, siempre que sean sometidas a la modalidad de importación ordinaria en un plazo no mayor a 20 días contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del decreto”.